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Justicia de Familia
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Información de Interés

  • Antecedentes Generales Ley 20286
  • Mejoramientos Orgánicos
  • Mejoramientos Procedimentales
  • Mediación Gradual por Regiones
  • Asistencia Jurídica Gratuita
  • CAJ Región Metropolitana
  • CAJ Región de Tarapacá
  • CAJ Región de Valparaíso
  • CAJ Región del Bío-Bío
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familia

 

La Ley N º 20.286 comenzó a regir en todo el país el 15 de septiembre de 2008, el que introduciendo mejoras orgánicas y procedimentales a la Ley N º 19.968 que crea los Tribunales de Familia.

  • En términos simples, la ley mejoró integralmente la Nueva Justicia de Familia, implantando modificaciones a la judicatura que está vigente en todo el país desde el 1 de octubre de 2005.
  • Se aumentaron los filtros de ingreso (mediante un control de admisibilidad de las demandas) y se dio mayor celeridad a todo el proceso mediante la celebración de audiencias continuas (principio de concentración).
  • Los Tribunales de Familia conocen las siguientes materias:
  • Cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes.
  • Régimen comunicacional.
  • Ejercicio, suspensión y pérdida de la patria potestad.
  • Emancipación.
  • Derecho de Alimentos.
  • Disensos para contraer matrimonio.
  • Guardas.
  • Aquellos asuntos en los cuales estén involucrados niños, niñas o adolescentes y que se encuentren gravemente vulnerados o amenazados sus derechos.
  • Acciones de filiación.
  • Aquellos asuntos en los cuales se le imputen faltas a mayores de catorce años de edad y menores de dieciséis años de edad, y los cometidos por adolescentes mayores de dieciséis y menores de dieciocho años de edad, que se encuentren contempladas en el inciso tercero del artículo 1º de la ley 20084.
  • Autorización a los adolescentes, niños y niñas para salir del país en conformidad a la ley
  • Causas relativas al maltrato de niños, niñas o adolescentes.
  • Los procedimientos previos a la adopción de acuerdo a la ley 19620, procedimientos de adopción
  • Asuntos entre los cónyuges relativos a sus asuntos patrimoniales y de bienes familiares; separación judicial de bienes; declaración, constitución de derechos y desafectación de bienes familiares.
  • Acciones de separación, nulidad y divorcio.
  • Actos de violencia intrafamiliar; aquellos que la ley encomiende a dichos tribunales.
 
© 2011 Ministerio de Justicia . Morandé 107 . Santiago de Chile . Tel.: (56-2) 674 3100
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